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Artículo 4 del AI Act: la formación en IA obligatoria para tu pyme

El Artículo 4 del AI Act obliga a formar a tu plantilla en IA desde febrero de 2025. Qué exige, a quién aplica, cómo documentarlo y por qué el Digital Omnibus no lo aplaza.


Artículo 4 del AI Act: la formación en IA obligatoria para tu pyme

El Artículo 4 del AI Act obliga a tu empresa a formar en inteligencia artificial a cualquier persona que use o supervise herramientas de IA. Está en vigor desde el 2 de febrero de 2025, aplica a pymes de cualquier tamaño y el Digital Omnibus no lo aplaza. Es la obligación que más empresas incumplen sin saberlo, porque no se ven a sí mismas como "usuarias de IA".

Si en tu empresa alguien usa ChatGPT para redactar, un CRM con funciones de IA, un transcriptor de reuniones o cualquier asistente automático, ya tienes una obligación de formación que llevas más de un año debiendo cumplir. No es una recomendación de buenas prácticas. Es el Artículo 4 del Reglamento (UE) 2024/1689, conocido como AI Act, y su nombre técnico es alfabetización en materia de IA (en inglés, AI literacy).

Este artículo explica qué exige el Artículo 4, a quién aplica de verdad, cómo cumplirlo de forma defendible y por qué el aplazamiento del Digital Omnibus no te libra de él. Está escrito para la persona de una pyme que tiene que entender qué hacer, no para juristas.

Qué dice exactamente el Artículo 4

El texto del Artículo 4 es corto y directo. Obliga a los proveedores (provider, quien desarrolla el sistema de IA) y a los responsables del despliegue (deployer, quien lo usa profesionalmente) a adoptar medidas para garantizar, en la mayor medida posible, un nivel suficiente de alfabetización en materia de IA de su personal y de cualquier otra persona que se encargue del funcionamiento y la utilización de los sistemas de IA en su nombre.

Tres ideas importan aquí.

La primera: aplica al deployer, no solo a quien fabrica IA. La inmensa mayoría de pymes son deployers: no desarrollan modelos, los usan. Y eso basta para que el Artículo 4 te aplique.

La segunda: la formación debe alcanzar a cualquier persona que opere los sistemas en tu nombre. No es solo tu plantilla: incluye autónomos, colaboradores externos y subcontratas que usen IA en tu operativa.

La tercera: el nivel exigido es "suficiente", no un temario cerrado. La ley no fija horas ni certificados obligatorios. Pide proporcionalidad: la formación debe ajustarse al rol de cada persona, al tipo de sistema que usa y al riesgo que ese uso implica.

A quién aplica de verdad (probablemente a ti)

El error más común es pensar "nosotros no usamos IA". En la práctica, casi todas las pymes la usan sin etiquetarla como tal. El Artículo 4 aplica si en tu empresa ocurre cualquiera de estas cosas:

  • Alguien usa IA generativa (ChatGPT, Claude, Gemini, Copilot) para redactar, resumir o programar.
  • Tu CRM, ERP o software de RRHH tiene módulos de IA activados.
  • Usáis transcriptores de reuniones, asistentes de correo o generadores de imágenes.
  • Tenéis un chatbot de atención al cliente.
  • El equipo de marketing genera contenido con herramientas de IA.

Si marcas una sola, eres deployer y el Artículo 4 te aplica. No hay umbral de facturación ni de plantilla: una empresa de tres personas tiene la misma obligación que una de doscientas. Lo que cambia es la escala de la formación, no su exigibilidad.

Por qué el Digital Omnibus NO te libra de esto

Aquí está el malentendido que más caro puede salir. Desde el acuerdo del Digital Omnibus, medio mercado cree que "el AI Act se aplazó a 2027 y ya no hay que hacer nada". Es falso.

El Digital Omnibus aplaza las obligaciones de los sistemas de alto riesgo del Anexo III del 2 de agosto de 2026 al 2 de diciembre de 2027. Eso es todo lo que mueve en este terreno. El Artículo 4 no es una obligación de alto riesgo: es una obligación transversal que aplica a todos los niveles de riesgo, incluido el mínimo. Por tanto, el Artículo 4 sigue plenamente vigente y no se aplaza.

De hecho, lleva en vigor desde el 2 de febrero de 2025, mucho antes del debate del Omnibus. Lo que cambia el 2 de agosto de 2026 no es que empiece a aplicar, sino que la AESIA gana competencias sancionadoras plenas para hacerlo cumplir. Tienes el detalle del calendario completo y de qué se aplazó realmente en nuestra guía sobre el Digital Omnibus y el AI Act para pymes.

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Cómo cumplir el Artículo 4 en cuatro pasos

La ley no da una receta cerrada, pero la práctica de cumplimiento sí permite una secuencia clara y defendible ante una inspección.

1. Identifica quién usa IA y con qué

No puedes formar a quien no sabes que usa IA. El primer paso es un inventario rápido: qué herramientas con IA hay en la empresa, quién las usa y para qué. Aquí casi siempre aparece la shadow IA: gente usando herramientas que la dirección no sabía que estaban en marcha. Este inventario es el mismo que necesitas para el resto de obligaciones, así que no es trabajo perdido.

2. Define el nivel de formación por perfil

No todos necesitan lo mismo. Una persona que solo usa un corrector con IA necesita nociones básicas. Quien decide sobre candidatos con ayuda de un sistema de selección necesita formación específica sobre sesgos, supervisión humana y límites del sistema. La proporcionalidad es la clave: el nivel se ajusta al rol y al riesgo.

3. Imparte y documenta

La formación puede ser interna, externa, online o presencial. Lo que la ley no perdona es que no quede registro. Documenta: qué contenido se impartió, a quién, cuándo y con qué materiales. Lo que no está escrito no existe a efectos de inspección.

4. Mantén la formación viva

La alfabetización no es un curso de una vez. Cuando entra una persona nueva, cuando se adopta una herramienta nueva o cuando cambia el marco legal, la formación se actualiza. Un registro con fecha de última revisión demuestra que el sistema está vivo.

Niveles de formación según el perfil

Esta tabla traduce la proporcionalidad del Artículo 4 a perfiles concretos de una pyme.

PerfilUso de IA típicoNivel de formación necesario
DirecciónDecisiones sobre adopción de IAMarco legal básico, riesgos, responsabilidad como deployer
Marketing / contenidosGeneración de texto e imagenTransparencia (Art. 50), límites, etiquetado de contenido
RRHHCribado de CV, evaluaciónAlto riesgo, sesgos, supervisión humana, derechos del candidato
Atención al clienteChatbotsObligación de avisar de que es IA, escalado a humano
Equipo generalAsistentes de productividadUso responsable, protección de datos, qué no introducir en la IA

No necesitas un programa distinto para cada persona. Necesitas que cada persona reciba lo proporcionado a lo que hace.

Qué pasa si no lo cumples

El Artículo 4 es exigible y sancionable. Desde el 2 de agosto de 2026, la AESIA puede inspeccionar y sancionar su incumplimiento bajo el régimen del Artículo 99, con multas de hasta 15 millones de euros o el 3% de la facturación global por incumplir obligaciones del desplegador, atenuadas por el principio de proporcionalidad para pymes.

Pero el riesgo realista para una pyme no es la multa máxima. Es más mundano y más probable:

  • Una denuncia interna. Un empleado que considera que se le ha expuesto a una herramienta de IA sin formación puede activar una inspección.
  • Un contrato B2B perdido. Cada vez más clientes grandes exigen a sus proveedores acreditar cumplimiento del AI Act, incluida la formación, antes de firmar.
  • Un expediente acumulado. Si la formación falta y además hay un problema de transparencia o de datos, los expedientes se suman entre AESIA, AEPD y la Inspección de Trabajo.

Tienes el desglose de las cuantías y cómo se calculan en la guía de sanciones del AI Act, y el mapa completo de obligaciones en la guía de obligaciones del AI Act para pymes.

Preguntas frecuentes

¿La formación en IA es obligatoria para mi empresa? Sí. El Artículo 4 obliga a proveedores y responsables del despliegue a garantizar un nivel suficiente de alfabetización en IA de su personal y de quien opere los sistemas en su nombre. Aplica a cualquier empresa que use IA profesionalmente, sin umbral de tamaño. Está en vigor desde el 2 de febrero de 2025.

¿Desde cuándo está en vigor el Artículo 4 del AI Act? Desde el 2 de febrero de 2025, una de las primeras obligaciones del Reglamento en aplicarse. Lleva en vigor más de un año, y la AESIA tendrá competencias sancionadoras plenas sobre ella a partir del 2 de agosto de 2026.

¿El Digital Omnibus aplaza la obligación de formación en IA? No. El Omnibus aplaza el alto riesgo del Anexo III a diciembre de 2027, pero no toca el Artículo 4, que sigue vigente y exigible el 2 de agosto de 2026.

¿Qué tengo que hacer exactamente para cumplir el Artículo 4? Identificar quién usa IA y con qué, impartir formación proporcionada al rol, documentarla (contenido, asistentes, fechas) y mantenerla actualizada. La ley no fija horas ni temario: exige que sea suficiente y adecuada al contexto.

¿Qué pasa si no formo a mi plantilla en IA? Es sancionable bajo el Artículo 99, con multas de hasta 15 millones de euros o el 3% de la facturación global, atenuadas para pymes. El riesgo realista es abrir expediente por una denuncia o perder un contrato B2B que exija acreditar cumplimiento.

Lo importante

La alfabetización en IA es la obligación del AI Act más fácil de pasar por alto y más fácil de cumplir si la abordas a tiempo. No exige certificados caros ni programas complejos: exige saber quién usa IA, formarlos de forma proporcionada y dejarlo documentado. Lo que no se puede es ignorarla pensando que el aplazamiento de 2027 cubre todo, porque no cubre esto. El reloj corre desde febrero de 2025 y la capacidad de sanción llega en agosto de 2026.

El texto oficial del Artículo 4 está disponible en EUR-Lex.

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